Agencia Proletaria de Infromacion
Carta de la Comuna Río Cenizo al Presidente Nicolás Maduro
Barquisimeto muere de sed
C/c Evelin Vásquez, Ministra del Poder
Popular de Atención de las Aguas
Carmen Meléndez, Gobernadora del Estado
Lara
Yanis Agüero, Presidente del Consejo Legislativo
del Estado Lara
Con un cordial saludo bolivariano y chavista nos dirigimos a usted
con la finalidad de informarle que el 10 de septiembre de 2017; en el marco del
I Encuentro Estadal del Movimiento Popular, Obrero, Campesino y Comunal del
Estado Lara por el Acceso al Agua Potable, se abordó la problemática de las
limitaciones para el acceso oportuno y eficiente al vital líquido, derivadas de
la política de privatización del servicio, aplicada por el entonces gobernador
Henri Falcón a través de la empresa hidrológica HIDROLARA C.A.
En este sentido se afirmó que durante los ocho años de su gestión al
frente de la Gobernación del Estado, Henri Falcón favoreció a las empresas
privadas de la región en detrimento del pueblo larense, entregando todos los
procesos operativos a estas compañías, aumentando de manera indiscriminada el
valor del servicio colocándolo como el más caro del país, al mismo tiempo que
redujo notablemente su prestación a las comunidades populares, obligándolas a
cubrir esta necesidad básica a través de la compra de agua a camiones cisternas
privados, agua que no cumple con las condiciones mínimas de potabilización lo
cual ha causado el incremento de enfermedades gastrointestinales en la
población así como un deterioro en su poder adquisitivo.
Entre los acuerdos del referido evento están los siguientes:
·
Constituir el Consejo Estadal
del Poder Popular para la Gestión Integral de las Aguas (CEPPGA), como un
órgano de participación directa, democrática y revolucionaria en la gestión
socialista, humanista y consciente de los afluentes de agua, los sistemas de
riego y la prestación del servicio de agua potable y recolección de aguas
servidas en el Estado Lara.
·
Denunciar al entonces
Gobernador Henri Falcón, como responsable del desastre en el que sumió la prestación
del servicio de agua potable y recolección de aguas servidas, para asentar las
bases de su privatización en contra de los intereses del pueblo.
·
Solicitar al Fiscal General de
la República, en el marco de sus atribuciones, inicie las gestiones pertinentes
para que de conformidad a nuestra constitución y las leyes de la República se
instale en lo inmediato una comisión auditora con la participación del
Ministerio Publico y el Poder Popular, para establecer las responsabilidades de
los hechos cometidos en contra de nuestro pueblo a través de esta empresa. Que
esta comisión tenga un alcance amplio respecto a las investigaciones en materia
de corrupción y delitos de lesa humanidad.
·
Elevar esta solicitud a través
de la Defensoría del Pueblo del Estado Lara como órgano garante de los Derechos
Humanos.
En cumplimiento de dichos acuerdos, el día 20 de septiembre de 2017,
se pidió a la Defensora del Pueblo del Estado Lara, Elba Yris Rodil, la
instalación de una comisión auditora de alto nivel técnico-jurídico conformada
por: el Poder Popular mediante la vocería en el CEPPGA, la Defensoría del
Pueblo, la Contraloría General de La República, el Ministerio del Poder Popular
para el Ecosocialismo y Aguas y la Fiscalía General de la República. Con el
objetivo de abrir una investigación a la administración de la empresa
hidrológica HIDROLARA C.A. en cuanto a la problemática existente en la
prestación del servicio de agua potable y recolección de aguas servidas a la
población en materia de:
·
Tarifa del servicio de agua
potable.
·
Discriminación de gastos
operativos
·
Discriminación de gastos
administrativos
·
Discriminación de gastos de
publicidad y propaganda
·
Contratación para la
adquisición de sustancias químicas
·
Contratación de eventos
·
Presupuesto y ejecución de obras
·
Presupuesto y ejecución de
mantenimiento de redes y acueductos
·
Presupuesto y ejecución de
mantenimiento de equipos electromecánicos
·
Contratación y adquisición de
equipos electromecánicos
·
Relación de pagos de obras de
rehabilitación
·
Pago de Cooperativas
·
Contratación de empresas de
servicios
·
Relación de pagos de servicios
·
Relación de pagos de pasivos
laborales
·
Relación de pagos de viajes
para la distribución de agua a través de camiones cisternas particulares.
·
Relación de pago por
reconstrucción y reinstalación de tomas
·
Proliferación de tomas
clandestinas en las aducciones principales y la presunta vinculación de
gerentes en un sistema de cobro paralelo.
·
Proliferación de llenaderos
clandestinos.
·
Chequeo y desinfección de
cisternas
·
Publicación de las condiciones
físico-químicas y bacteriológicas del agua
·
Relación de la recaudación
mensual y anual de los últimos 8 años
·
Responsabilidad de la
administración en la proliferación de construcciones de tomas y empotramientos
ilegales
·
Vinculación de una red interna
en el robo y venta de medidores y niples
·
Robo de cableado y equipos en
las estaciones y plantas de tratamiento
·
Situación de los bienes,
equipos y parque automotor, ubicación física de los vehículos
·
Origen y destino de los fondos
recaudados por Garantía de Servicios
·
Origen y destino de los fondos
recaudados por concepto de responsabilidad social
·
Metodología de cumplimiento de
la responsabilidad social
·
Asignaciones de Contratos sin
el debido procedimiento (pagos adelantados)
·
Uso de intermediarios para el
pago de bienes y servicios
·
Vinculación familiar con
empresas proveedoras de bienes y servicios
·
Situación de las estaciones de
bombeo y plantas de tratamiento.
Esta solicitud fue hecha con la finalidad de establecer
responsabilidades en cuanto al mal manejo y administración de la empresa
hidrológica HIDROLARA C.A. por parte de la gestión del entonces gobernador
Henri Falcón en detrimento de la población larense.
Sin lugar a dudas el problema del agua fue un factor decisivo para
la derrota de Henri Falcón en las elecciones regionales de octubre 2017 así
como para el triunfo de Carmen Meléndez, quien asumió el compromiso de devolver
la esperanza al pueblo del estado Lara con un gobierno que daría soluciones en
lugar de excusas.
Sin embargo actualmente la problemática del suministro del vital
líquido no se está solucionando sino que está empeorando. La nefasta gestión de
Henri Falcón dejó a HIDROLARA C.A. herida de muerte: no tiene cuadrillas para
reparar las filtraciones de agua potable y aguas servidas, no tiene vehículos
para trasladar al personal técnico a las comunidades a fin de realizar los
diagnósticos y elaborar los planes de trabajo para solucionar los problemas de
suministro, no tiene suficientes ingenieros e ingenieras, no tiene recursos
para pago de maniobreros, no tiene repuestos, no tiene garantías de seguridad
para los operadores y vigilantes, no tiene camiones cisternas para abastecer
completamente a las comunidades con problemas de servicio, pero si tiene varios
gerentes opositores; en consecuencia, al mantenerse estos factores, la empresa
no está en condiciones de garantizar el servicio de agua potable de manera
regular y continua a la población larense.
Todo esto sin desconocer y aplaudir la reciente dotación de
motores-bomba por parte del extinto Ministerio del Poder Popular para
Ecosocialismo y Agua. Así como las buenas intenciones de la actual presidenta
de HDROLARA C.A., Sabrina de Ramírez.
La falta de agua en los cuatro puntos cardinales de Barquisimeto es
un hecho público, notorio y comunicacional constantemente denunciado por las
comunidades organizadas que origina protestas y cierres de vías casi todos los
días.
La carencia del vital líquido obliga a numerosas familias a surtirse
mediante la compra de la pipa de 200 litros a camioneros cisterna particulares
pagando precios especulativos en alza continua y en efectivo, que en parte
proviene de los llenaderos administrados por la empresa hidrológica HIDROLARA
C.A.
Debido a dicha problemática, estas familias tienen severas
limitaciones para la elaboración de alimentos, el aseo personal y la limpieza
de las viviendas, lo cual atenta seriamente contra la salud pública y la
calidad de vida.
La situación referida contradice abiertamente los siguientes
preceptos legales:
Constitución Nacional de
la República Bolivariana de Venezuela:
Artículo 2. Venezuela se
constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia,
que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su
actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la
democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los
derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Artículo 82. Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda,
higiénica, con servicios básicos
esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares,
vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es
obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos
sus ámbitos.
Artículo 83. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado,
que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y
desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar
colectivo y el acceso a los servicios.
Ley del Plan de la Patria
2013-2019:
Objetivo General
5.2.1.6. Continuar impulsando el reconocimiento del acceso al agua potable como un
derecho humano en todos los ámbitos nacionales e internacionales.
Ley Orgánica para la
Prestación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento (LOPSAPS):
Artículo 3. Los principios que rigen la prestación de los servicios públicos
regulados en esta Ley son los siguientes:
b. el acceso de todos los
ciudadanos a la provisión de los
servicios de agua potable y de saneamiento...
Artículo 6. Parágrafo
Único: Se declaran de utilidad pública e interés social el servicio de agua potable, el servicio de saneamiento y las obras
afectas para su prestación.
Artículo 36. Los servicios de Agua Potable y de Saneamiento deberán ser
prestados en condiciones que garanticen su calidad,
generalidad y costo eficiente.
Artículo 65. Los prestadores de los servicios de Agua Potable y de Saneamiento a
los que se refiere esta Ley tendrán las siguientes obligaciones, sin perjuicio
de lo dispuesto en normas de carácter contractual:
e. controlar permanentemente la calidad
de los servicios prestados de conformidad con las normas
correspondientes...
j. conocer y dar respuesta
oportuna a las consultas y reclamos
de los suscriptores en los plazos que fije el reglamento respectivo...
Artículo 70. Los suscriptores de los servicios públicos a los que se refiere
esta Ley tienen derecho, además de los consagrados en la Ley de Protección al
Consumidor y al Usuario, a:
a. Recibir los servicios bajo las normas de calidad establecidas y de
acuerdo al respectivo reglamento de servicios...
Ante esta situación, y considerando la actual coyuntura de
"guerra integral" desatada por el imperio y la oligarquía con el fin
de desestabilizar su gestión como Presidente de la República Bolivariana de
Venezuela, así como la campaña contra la corrupción desplegada por su gobierno,
le solicitamos:
1. Designar un equipo político-técnico del Ministerio del Poder
Popular de Atención de las Aguas para
que, en coordinación con el Consejo Estadal del Poder Popular para la
Gestión Integral de las Aguas (CEPPGA), la Gobernación del Estado Lara y el
Consejo Legislativo del Estado Lara, impulse el ejercicio de las medidas
necesarias, en el marco de la LOPSAPS y las Leyes del Poder Popular, con miras
a la inmediata restitución del servicio de agua potable, en condiciones
estables y de manera eficiente, a los fines de evitar prejuicios para la salud
pública o que se ponga en peligro la sustentabilidad de la prestación del
servicio de agua potable y saneamiento
en el Estado Lara. Así mismo para evaluar la gestión durante el gobierno de
Carmen Meléndez, ejecutar la liquidación de la empresa hidrológica HIDROLARA
C.A. y promover la creación de una Empresa de Propiedad Social Indirecta
Comunal integrada por el Ministerio de Atención de las Aguas y las Mesa
Técnicas de Aguas de las comunas.
2. Apoyar la consolidación y el fortalecimiento del Consejo Estadal
del Poder Popular para la Gestión Integral de las Aguas (CEPPGA) con sus
respectivas instancias: Consejo del Poder Popular (Mesas Técnicas de Aguas
Comunales, Consejo de Trabajadoras y Trabajadores, Comités de Riego, Usuarias y
Usuarios Institucionales, movimientos ecosocialistas,), Consejo Político
(Ministerio del Poder Popular de
Atención de las Aguas, Consejos de Regiones Hidrográficas, Consejos de Cuencas
Hidrográficas, Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Movimientos
Sociales, Consejo Estadal de Planificación y Coordinación de Políticas
Públicas, Consejos Locales de Planificación Pública, Consejo Federal de
Gobierno, Defensoría del Pueblo) y Consejo de Defensa (Guardia Nacional
Bolivariana, Milicia Nacional Bolivariana, cuerpos combatientes).
3. Exhortar a los órganos involucrados a instalar una comisión auditora
de alto nivel técnico-jurídico conformada por: el Poder Popular mediante la
vocería del Consejo Estadal del Poder Popular para la Gestión Integral de las
Aguas (CEPPGA), la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de La
República, el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo y Aguas y la
Fiscalía General de la República. Con el objetivo de abrir una investigación a
la administración de la C.A. Hidrológica de Lara (HIDROLARA) durante los ocho
años de gobierno de Henri Falcón en cuanto a la problemática general existente
en la prestación del servicio de agua potable y recolección de aguas servidas a
la población larense.
Barquisimeto 29 de junio de 2018
Larry Pérez
Pedro Ortíz
Consejo Ejecutivo Comuna Río Cenizo Consejo
Ejecutivo Comuna Río Cenizo
Larry Carrillo
Francisco Cañizales
Parlamentario Comuna Río Cenizo Comité
de Educación Comuna Río Cenizo
Para adhesiones y comentarios: comunariocenizo@gmail.com
Comentarios
Publicar un comentario
Deja tu opinión aquí